Normativa: Ordenanza Fiscal vigente del Ayuntamiento de Peñaranda de Duero (fichero adjunto)
Descipción: El I.V.T.M. es un tributo directo, que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vía públicas, cualesquiera que sea su clase y categoria.Se considera vehículo apto para la circulación el que hubiera sido matriculado en la Jefatura Provincial de Tráfico y mientras no haya causado baja en los mismos. También se considerarán aptos los vehículos provistos de permisos temporales y matrícula turística. Los titulares de los vehículos deben comunicar a la "Jefatura Provincial de Tráfico" la reforma de los mismos, siempre que altere su clasificación a efectos de este impuesto, así como también en los casos de transferencia, de cambio de domicilio que conste en el permiso de circulación o baja de los mismos, y deberán acreditar ante la referida Jefatura provincial el pago del último recibo. Exceptuando la obligación de la acreditación en las bajas definitivas de vehículos con 15 años o mas de antigüedad.
Forma de pago:
ALTAS por adquisición de un vehículo nuevo para su matriculación: Deben sacar el Impuesto en la Oficina Municipal mediante una auto-liquidación en impreso oficial del Ayuntamiento y liquidarlo en cualquiera de las Cajas que figuran en la misma. Esta será por un importe según el cuadro de tarifas de la correspondiente Ordenanza, y se prorrateará por trimestres naturales dependiendo de la fecha de alta.
ALTAS cursadas por una baja temporal y misma matrícula: Igual que para vehículos nuevos.
TRANSFERENCIAS, BAJAS Y REFORMA DE LAS CARACTERISTICAS TECNICAS: Para los vehículos ya matriculados, la recaudación de las correspondientes cuotas son de recibos periódicos mediante el sistema de Padrón anual, y el plazo de ingreso se determina cada añ. En caso de no recibir el boletín de pago deberá dirigirse a la oficina municipal.
 
 
 
Procedimiento:
Cambio de domicilio en el permiso de conducción y/o circulación
El Ayuntamiento de Peñaranda de Duero posibilita a sus empadronados el cambio de domicilio del permiso de conducción y/o circulación, evitando desplazamientos  a la Jefatura Provincial de Tráfico en Burgos, previo pago de la tasa vigente referente a tramitación por expedición de documentos administrativos.
Exenciones y bonificaciones de carácter rogado:
  • Los vehículos para minusválidos y los matriculados a nombre de minusválidos con grado igual o superior al 33 %.
  • Los tractores, remolques, semirremolqes y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola.
El contribuyente puede solicitar la exención del pago previamente a la matriculación, o a posteriori produciendo sus efectos al ejercicio siguiente a la fecha de solicitud.

15/04/2013